Resumen: Primero. Normativa y criterios interpretativos aplicables
Resumen: Primero. Normativa y criterios interpretativos aplicables
Resumen: Primero. Normativa y criterios interpretativos aplicables
Resumen: Primero. Normativa y criterios interpretativos aplicables
Resumen: Primero. Normativa y criterios interpretativos aplicables
Resumen: Razones de necesaria racionalización de los recursos disponibles y adecuada planificación de las instalaciones hospitalarias, con el fin de garantizar unas prestaciones sanitarias de calidad y de controlar el gasto sanitario, hacen que la asistencia sanitaria a cargo de la Seguridad Social haya de recibirse de las instituciones o profesionales por ella misma designados, sin que el beneficiario posea libertad para elegir entre ella y la Sanidad privada. Esta regla solo se altera en los casos de asistencia sanitaria urgente, inmediata y de carácter vital que hayan sido atendidos fuera del Sistema Nacional de Salud, cuyos gastos se reembolsarán una vez comprobado que no se pudieron utilizar oportunamente los servicios de aquél y que no constituye una utilización desviada o abusiva de esta excepción. En el caso de acudir a una segunda opinión médica -gasto este que es el que se reclama- en Sanidad privada cuando la enfermedad ha sido diagnosticada en 2017, habiendo iniciado un tratamiento, habiendo sido evaluado para valoración pre trasplante en dos ocasiones, rechazándose en ambos casos, ante lo cual, no se encuadra en el supuesto de urgencia vital o extraordinaria.
Resumen: Primero. Normativa y criterios interpretativos aplicables